Cómo calculamos
Las calculadoras aplican la fórmula de la ley con los valores oficiales del año. Aquí están las fuentes y los supuestos, para que puedas comprobar cualquier resultado. Última revisión: 13 de octubre de 2026.
Valores oficiales que usamos
| Dato | Valor | Fuente |
|---|---|---|
| Salario mínimo general México 2026 | $315.04 diarios | CONASAMI, resolución publicada en el DOF (diciembre de 2025) |
| Salario mínimo Zona Libre de la Frontera Norte | $440.87 diarios | CONASAMI, resolución publicada en el DOF (diciembre de 2025) |
| UMA 2026 | $117.31 diaria | INEGI, DOF del 9 de enero de 2026 |
| Salario mínimo Colombia 2026 | $1.750.905 mensuales | Decreto 1469 de 2025 |
| Auxilio de transporte Colombia 2026 | $249.095 mensuales | Decreto 1470 de 2025 |
México
- Salario diario: sueldo mensual ÷ 30, quincenal ÷ 15 o semanal ÷ 7.
- Aguinaldo (LFT art. 87): salario diario × días de aguinaldo × días trabajados en el año ÷ 365 (366 en bisiesto). Exento de ISR hasta 30 UMA (LISR art. 93 fr. XIV).
- Vacaciones (LFT art. 76): tabla vigente desde el 1 de enero de 2023. En el finiquito se pagan las del año de servicio en curso en proporción a los días desde el último aniversario (art. 79), más las pendientes que indiques.
- Prima vacacional (art. 80): 25 % o el porcentaje que indiques.
- Prima de antigüedad (art. 162 y 486): 12 días por año, contando la fracción, con salario topado al doble del salario mínimo de tu zona. Al renunciar, solo con 15 años o más; en despido, con o sin causa, siempre.
- Indemnización (art. 48 y 50): 90 días de salario diario integrado. Si no indicas tu salario integrado, lo calculamos con el factor mínimo: 1 + (días de aguinaldo + días de vacaciones × prima vacacional) ÷ 365. Los 20 días por año solo se suman si marcas esa opción.
- Años de servicio: un año se cumple el día anterior al aniversario. Si sales justo al cumplir un año, se paga ese año de vacaciones completo.
- Lo que no calculamos: el ISR retenido, salarios vencidos, PTU, horas extra ni prestaciones adicionales de tu contrato. Tampoco la indemnización especial de las relaciones por tiempo determinado (LFT art. 50 fr. I). Los importes son brutos.
Indicadores
- INPC: serie mensual del INEGI, base segunda quincena de julio de 2018 = 100, desde enero de 2015 (los meses anteriores a julio de 2018, enlazados a esa base). Contrastada con dos publicaciones independientes y con las inflaciones anuales oficiales.
- Factor de actualización (CFF art. 17-A): INPC del mes anterior al más reciente del periodo ÷ INPC del mes anterior al más antiguo, calculado hasta el diezmilésimo (lo truncamos a cuatro decimales, que es la práctica habitual); si es menor que 1, se toma 1; si el INPC del mes anterior al más reciente no se ha publicado, se usa el último publicado.
- UMA: valor diario publicado por el INEGI cada enero; mensual = diaria × 30.4 y anual = mensual × 12.
Colombia
- Días: calendario de 360 días con meses de 30, como en la nómina.
- Cesantías (CST art. 249): (salario + auxilio de transporte si ganas hasta 2 mínimos) × días del año en curso ÷ 360.
- Intereses (Ley 52 de 1975): cesantías × días × 12 % ÷ 360.
- Prima de servicios (CST art. 306): misma base × días del semestre en curso ÷ 360.
- Vacaciones (CST art. 186 y 189): 15 días hábiles por año, proporcionales, sobre el salario sin auxilio, menos los días ya disfrutados.
- Indemnización sin justa causa (CST art. 64): según tipo de contrato y si el salario llega o no a 10 mínimos.
- Lo que no calculamos: salario variable promediado, salario integral, retención en la fuente ni la indemnización moratoria del artículo 65.
- Régimen de transición: quien tenía 10 años o más de servicio el 27 de diciembre de 2002 conserva la tabla de indemnización anterior a la Ley 789 de 2002, más alta. La calculadora usa la tabla actual.
- Reforma laboral (Ley 2466 de 2025): no cambió las fórmulas de cesantías, prima, vacaciones ni indemnización. Sí permite pactar la consignación mensual de cesantías (8,33 %) y el pago mensual de sus intereses; si lo pactaste, resta lo ya recibido.
- Salario mínimo 2026: el Decreto 1469 de 2025 fue suspendido por el Consejo de Estado en febrero de 2026 y la suspensión se levantó en julio; los valores no cambiaron. Seguimos el proceso por si la sentencia final los modifica.
Cuándo actualizamos
Revisamos los valores cada vez que cambian: salario mínimo de México y Colombia en diciembre o enero, UMA en enero (vigente desde febrero) y cualquier reforma laboral que afecte a las fórmulas. Si ves un error, escríbenos desde contacto.